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martes, 31 de enero de 2012
UN GRUPO ALEMÁN DE TORREVIEJA REALIZA LA PRIMERA VISITA GUIADA EN IDIOMAS POR LA NUCÍA 55 persona
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lunes, 30 de enero de 2012
DONDE HAY COMERCIO HAY VIDA
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El nuevo consumidor y la mejora de la experiencia de compra
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Facebook ofrecerá publicidad gratuita por valor de 5 millones de euros a pymes de toda Europa
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miércoles, 18 de enero de 2012
Crear una Sociedad. Comparativa de formas jurídicas
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martes, 17 de enero de 2012
Los autonómos que contraten a un trabajador fijo recibirán 3.000 euros.
Los autónomos o profesionales por cuenta propia que contraten a su primer trabajador fijo, mediante un contrato indefinido directo o la transformación de un contrato temporal, podrán solicitar una ayuda de 3.000 euros, que en el caso de que la persona empleada sea una mujer se elevarán a 4.000 euros.
La medida, con la que se pretende incentivar la contratación indefinida y combatir las elevadas tasa de paro que presenta la región, está incluida en el decreto-ley de de medidas urgentes de apoyo a la iniciativa empresarial y a los emprendedores, publicado ayer por el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV).
La discriminación positiva de las mujeres en la resolución adoptada por el Ejecutivo autonómico se explica por la elevada tasa de paro que presenta el colectivo femenino,
Las ayudas que contempla el decreto-ley podrán ser solicitadas a partir de hoy y recogen el espíritu de las que puso en marcha el Gobierno de José María Aznar en 1996. En el caso de que los autónomos opten por las contrataciones temporales también gozarán de ayudas. En este caso, no obstante, las subvenciones tendrán una reducción proporcional a la cuantía de la ayuda pública, si los contratos tienen una duración de al menos veinte horas temporales. Las ayudas se reducirán al veinticinco por ciento en las contrataciones fijas discontinuas.
Esta línea de ayudas parte con un presupuesto inicial de 900.000 euros, de tal forma que hasta trescientos emprendedores podrían verse beneficiados a corto plazo, aunque la política queda condicionada a su aceptación.
El respaldo a la contratación de trabajadores por parte de los autónomos está regulado en la línea presupuestaria de mayor cuantía de las treinta que figuran en el decreto-ley publicado ayer. En total, cuenta con 13,7 millones de euros de dotación inicial para el ejercicio 2012. Esta partida también incluye las subvenciones para los parados que opten por constituirse en trabajadores autónomos, que como avanzó este periódico el domingo oscilarán entre los 5.000 y los 11.600 euros.
Otra de las líneas más importantes que contiene el decreto-ley es la relativa a los préstamos participativos a los que podrán acceder las empresas para desarrollar proyectos de inversión productiva, que cuenta con una partida de 10,25 millones de euros que gestionará el Instituto Valenciano de Finanzas (IVF).
Bonificaciones fiscales
En total, el decreto-ley publicado ayer dispone de treinta líneas de ayudas directas por un importe superior a los 85 millones de euros. Además, contiene medidas de carácter fiscal como la bonificación del cien por cien de las tasas autonómicas durante el primer año de las empresas que se constituyan al calor de la nueva normativa.
Nace Eugo.es, el portal de ayuda para los emprendedores de la Unión Europea
El funcionamiento es muy sencillo. En esta web se puede conocer cuáles son los requisitos y los trámites necesarios para iniciar el negocio. Para ello, se tiene que seleccionar la actividad empresarial, la forma de prestación, la forma jurídica adoptada y la localización donde se establecerá. Una vez hecha esta selección sale una lista de todos los trámites en forma de gráfico. La principal novedad es que desde la propia web se pueden realizar las gestiones necesarias gracias a la tramitación telemática de Sociedades Limitadas; para el resto, la web ofrece ayuda e información para el realizar un seguimiento de forma presencial.
Cabe destacar que hay una serie de actividades que están al margen de este marco jurídico y, por tanto, tienen un tratamiento especial y diferente como, por ejemplo, los servicios financieros, los transportes, la seguridad privada, las audiovisuales, los servicios sanitarios o los servicios sociales. Además también dispone de información para aquellos emprendedores que quieran dar de baja sus empresas o los trámites necesarios para hacer modificaciones en las actividades que realizan.
Los nuevos emprendedores valencianos, libres de tasas autónomicas durante el primer año de actividad
El decreto ley de la Conselleria de Presidencia de medidas urgentes de apoyo a la iniciativa empresarial y a los emprendedores, microempresas y pymes de la Comunidad Valenciana, aprobado el pasado viernes por el pleno del Consell, entrará en vigor el martes al publicarse este lunes en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV).
Tal y como consta en este decreto ley, el objetivo de la norma es "promover la actividad económica, la iniciativa empresarial y la creación de empleo a través de los emprendedores y de las micro, pequeñas y medianas empresas de la Comunidad".
Entre otras novedades, contempla que los emprendedores de la Comunidad Valenciana que abran en 2012 un negocio estarán exentos de pagar tasas autonómicas el primer año de actividad y contarán con una bonificación del 50% el segundo año.
Asimismo, este decreto ley establece que pueda ser instantánea la obtención de licencia municipal de actividades comerciales, mientras que hasta ahora la duración media estimada para ello oscilaba entre tres y cinco meses, dependiendo del ayuntamiento.
¿Cómo?
Para que sea instantánea, los interesados deberán presentar una declaración responsable del emprendedor, una copia del resguardo del abono de las tasas municipales y un certificado final de obra firmado por técnico competente y visado. En el caso de que la implantación de la actividad no requiera de la ejecución de obras, se acompañará un proyecto o, en su caso, memoria técnica de la actividad correspondiente.
La nueva regulación también beneficiará a actividades sujetas a la Ley de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Generalitat, como bares, cafeterías, pubs, restaurantes, ludotecas y supermercados, siempre que su aforo no sea superior a 500 personas.
Para ello, se debe acompañar a la declaración responsable de un certificado expedido por una entidad que disponga de la calificación de Organismo de Autorización Administrativa (OCA). Si no dispone de la certificación de un OCA, el plazo máximo que tendrá el ayuntamiento para la concesión de la licencia es de un mes.
Por otro lado, la tramitación de la licencia de obras -necesaria cuando el establecimiento de la actividad las requiera- y la de apertura será conjunta y en un solo expediente administrativo.
A este decreto ley van asociadas un total de 30 líneas de ayudas directas por un importe de más de 85 millones de euros. Entre ellas, destacan algunas como las dirigidas a desempleados que se constituyan en trabajadores autónomos y profesionales y las referidas a estabilidad en el empleo de jóvenes emprendedores menores de 30 años mediante autoempleo.
También habrá planes especiales al empleo en sectores productivos, líneas de apoyo a la creación de empresas innovadoras, préstamos participativos y participación en fondos de capital riesgo y ayudas para pymes para la realización de proyectos de inversión.
Consejo valenciano del emprendedor
Por otra parte, se creará el Consejo Valenciano del Emprendedor como órgano máximo de coordinación y consulta en materia de políticas de apoyo a los emprendedores. Estará compuesto por representantes de las administraciones públicas y de las instituciones académicas, sociales y económicas relacionadas con la cultura y el fomento del emprendimiento en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
Asimismo, se pondrá en marcha la Plataforma del Emprendedor, un portal de Internet con toda la información que pueda ser de utilidad para los emprendedores, las microempresas y las pymes, especialmente para que puedan conocer los recursos financieros a los que puedan acceder.
miércoles, 11 de enero de 2012
Convocadas las ayudas para la implantación de planes de igualdad en las empresas
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lunes, 2 de enero de 2012
REBAJAS DE INVIERNO 2012
Os recordamos que las Rebajas de invierno comenzarán el próximo sábado día 7 de enero de 2012 y podrán durar hasta el sábado 10 de marzo de 2012 en todo el territorio de la Comunidad Valenciana.
Según se establece en el artículo 3 de la Orden de 15 de junio de 1998 (en vigor), los establecimiento comerciales donde se practique la venta en rebajas, se anunciará al público de forma visible e inequívoca, la duración del período de rebajas mediante la indicación, desde el inicio de las fecha de comienzo y final del período de las mismas.
También os deseamos recordar que el próximo domingo día 8 de enero de 2012 podrán abrir TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES de la CV.
A pie de correo os adjuntamos artículos de la Ley 3 sobre el Comercio en lo que se refiere a las temporadas de rebajas.
Desde AECNU os animamos a denunciar a aquellos establecimientos comerciales que incumplan dicha normativa. Para ello os podéis poner en contacto con nosotros para tramitar ante los servicios de inspección de la Conselleria la denuncia correspondiente.
Muchas gracias
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Artículo 69. Temporada de rebajas
1. Las ventas en rebajas sólo podrán tener lugar como tales en dos temporadas anuales; una iniciada al principio de año, y la otra en torno al período estival de vacaciones.
2. La duración de cada período de rebajas será, como mínimo, de una semana y, como máximo, de dos meses, de acuerdo con la decisión de cada comerciante dentro de las fechas concretas que fije, mediante orden, la conselleria competente en materia de comercio.
3. Las fechas de inicio y final de rebajas elegidas deberán exhibirse en los establecimientos comerciales en sitio visible al público, al menos desde el comienzo al final de la venta promocional.
Artículo 70. Requisitos específicos
1. No podrá anunciarse la venta en rebajas para un establecimiento comercial cuando la misma no afecte, al menos, a más de la mitad de los productos ofrecidos.
2. En el supuesto en que las rebajas no afecten a la totalidad de los productos, deberán identificarse claramente los que son objeto de esta venta promocional, separándolos del resto.
3. No podrán ser objeto de una venta en rebajas los productos deteriorados o los que no formen parte de las existencias anteriores con un mes de antelación a la fecha de inicio de las ventas en rebajas